Derechos Educativos de la Familia y el Derecho a la Privacidad

La Enmienda Buckley fue aprobada como Ley Federal en noviembre de 1984. Esta ley le garantiza a los padres de niños menores de 18 años y a los estudiantes mayores de 18 años (o que asisten a programas post-secundarios), el derecho a ver, corregir y controlar el acceso a sus récords (o registros escolares.)

La enmienda Buckley se aplica a todos los estudiantes. Toda escuela que reciba fondos federales del Departamento de Educación tiene que cumplir con la Ley. Las escuelas están obligadas a establecer procedimientos para cumplir con la ley y notificar anualmente a los padres de sus derechos.

Derechos de los padres

Acceso a todos los expedientes: registro de asistencia, historial médico, boletas, notas sobre conducta y cualquier otra información que tenga la escuela sobre su hijo.

La escuela tiene un máximo de 45 días para mostrarle los documentos. Si el padre no puede venir a revisarlos a la escuela, le tienen que enviar una copia a la casa. Le pueden cobrar el costo de las fotocopias a los padres.

Tiene derecho a pedir que se elimine algún documento del expediente. El padre debe hablar con el principal y explicarle por qué. Si el principal se opone, Ud. puede solicitar una audiencia (Hearing). La solicitud debe hacerse por escrito a la persona encargada de los expedientes escolares.

Puede incluir una nota en el expediente explicando porque piensa que la información es incorrecta o inapropiada.

Si la escuela rehusa enseñarle los expedientes, le prohibe hacer alguna aclaración o divulga alguna información sin su consentimiento, mande inmediatamente una querella por escrito a:

Family Policy Compliance Office
U.S. Department of Education
400 Maryland Ave., S.W.
Washington, D.C., 20202-5901
202-260-3887

En Connecticut las leyes de Educación Especial le otorgan a los padres los derechos siguientes:

  1. La solicitud para revisar los expedientes de su hijo debe ser por escrito. El Departamento de Educación tiene que responder a su petición en (10) diez días o en (3) días si necesita los récords para una reunión de IEP o para garantías procesales. (Due Process)
  2. Los padres tienen derecho a una copia gratis de los récords. Debe solicitarlo por escrito. El Departamento de Educación se las debe proporcionar en (5) cinco días.

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